La Fiscalía General de la Nación dispuso el archivo de la investigación sobre las actuaciones de cuatro jerarcas de gobierno en las negociaciones que terminaron con la prórroga de concesión de la terminal de contenedores Terminal Cuenca del Plata (TCP) y el acuerdo del Poder Ejecutivo con la empresa Katoen Natie, principal accionista de TCP.
Según un documento de la Fiscalía, “luego de un meditado análisis de todas las evidencias integradas de la investigación, se dispone el archivo de las actuaciones, ya que en lo sustancial se comparten las conclusiones extensamente expuestas por el fiscal preopinante, a las que nada puede agregarse, so pena de caer en inútiles reiteraciones”.
Los jerarcas investigados en calidad de indagados, tras denuncias presentadas por la oposición política, son el exministro de Transporte y Obras Públicas, Luis Alberto Heber; el subsecretario de la cartera, Juan José Olaizola; el presidente de la Administración Nacional de Puertos, Juan Curbelo, y prosecretario de Presidencia de la República, Rodrigo Ferrés.
En la fundamentación de Fiscalía se explica que, “en efecto, de forma clara y contundente se resolvió que, sin perjuicio de algunas actuaciones irregulares o reprochables, estas no resultan suficientes para la tipificación del injusto que se pretende imponer”.
Asimismo, se agrega que “de acuerdo a las resultancias de la indagatoria existía una política gubernamental implementada a través del Poder Ejecutivo para adecuar la situación de la operativa del Puerto de Montevideo (política portuaria que le es dada por la propia Ley No. 16.246 y 17.243 entre otras) no solo para solucionar a través de las negociaciones amistosas previas a un eventual litigio internacional (dentro del Acuerdo de Inversiones entre la ROU y la U. E Belgo-Luxemburguesa) sino para ajustar al marco legal, lo que sus autoridades entendieron que se venía haciendo equivocadamente por la Administración anterior, regulando en los hechos la operativa de puertos a través de la existencia de dos terminales de contenedores, una de ellas especializada a través de una concesión otorgada (KNG) y la otra como permisario de espacios de almacenamiento y depósito de contenedores en los muelles públicos (Montecon SA) que durante algún tiempo concentró en más del 50% el tránsito de dichas operaciones”.
Tras estos argumentos, la Fiscalía explica que “en efecto, considerando los fundamentos del archivo a la luz de la crítica esgrimida por el denunciante, se concluye que la plataforma fáctica resulta penalmente atípica y aún la agregación de la nueva evidencia no resultó en un aporte determinante para la causa, por lo que dado el principio de objetividad que orienta la actuación del Ministerio Público, este tiene el deber de archivar cuando advierte que las conductas de los denunciados no tienen relevancia penal”.