El juzgado de feria en primera instancia de Argentina resolvió rechazar la medida cautelar solicitada por una de las empresas con intención de participar en la licitación de la Vía Navegable Troncal (VNT) de la Hidrovía Paraguay-Paraná (HPP), luego de que el tribunal de lo Contencioso Administrativo habilitará el tratamiento del tema en plena feria de enero.
En el fallo de este viernes, se indica que “no se advierte del Pliego de Bases y Condiciones -a simple vista- las irregularidades alegadas por la parte actora, como así tampoco la supuesta intención de redireccionar la licitación para, en definitiva, favorecer a la empresa que actualmente presta el servicio de dragado de la vía troncal de navegación”, como pretendió demostrar la empresa denunciante.
En tal sentido, el dictamen indica que “en esta etapa procesal, no surge la arbitrariedad alegada ya que no se advierte -con la fuerza que se requiere para el dictado de una medida de esta naturaleza- el supuesto vicio de nulidad que invoca en su presentación en esta causa”.
Asimismo, se agrega que ante las pautas estudiadas “no se configuran los presupuestos de admisibilidad referidos, dado que la parte actora no cumplió con la carga de poner en evidencia, de manera circunstanciada, la ilegalidad y arbitrariedad que invoca como fundamento de su pretensión, en forma clara e inequívoca”.
La instancia para este fallo llegó luego de que el tribunal de lo Contencioso Administrativo manifestara que “los argumentos esgrimidos para fundamentar la solicitud de habilitación de la feria judicial revisten suficiente entidad como para disponer la medida excepcional requerida”, tal como informara en su momento el diario local La Nación.
En ese sentido, el medio mencionó como protagonista a la empresa belga Dredging International (DEME), cuyo reclamo debió hacerse lugar en estas fechas en virtud de los plazos que maneja el pliego de la licitación para presentar las ofertas.
Justamente, el plazo fue de los cuestionamientos más relevantes de las empresas interesadas, en el convencimiento de que no es suficiente hacer un relevamiento propio de las condiciones, ya que entienden que la información técnica presentada en el pliego fue otorgada por los anteriores operadores.
Al respecto, una de las competidoras dice que “es imposible hacerlo en este tiempo”, dado que “es una ruta fluvial compleja, con muchos kilómetros” y “no se puede relevar en este tiempo”.
Asimismo, el medio argentino cita una de las quejas, que expresa que “hay que tomar como válidos los datos que aporta un competidor (y) eso ya es una inequidad enorme”.
Uno de los inconvenientes que se ha encontrado ha tenido que ver con la sospecha de direccionamiento de la licitación hacia la concesionaria actuante y se señala la exigencia de experiencia en una vía fluvial similar, de dragado continuo y de una determinada longitud.
Sin embargo, el descargo de la empresa involucrada asegura que “todas pueden cumplir esta condición” y que “no está mal que se la pida porque es necesaria la experiencia para un trabajo de este tipo”. Asimismo, se agrega que “en la licitación de 2022 se pedían 500 kilómetros y nadie lo objetó”, cuando “ahora son 200 y todas lo pueden cumplir”.